Departamento de Derecho Penal y Criminología

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Actualidad
28 de enero de 2026

Ley 2195: Un nuevo modelo de integridad pública [Parte 1/3]

Una norma para salvaguardar la integridad pública.

La ley 2195 de 2022 se profiere como respuesta a la necesidad de fortalecer las medidas de lucha contra la corrupción, no solo desde el derecho sancionatorio, sino mediante la implementación de mecanismos preventivos que buscan una cultura de legalidad, ante el cumplimiento de compromisos internacionales y las debilidades en los mecanismos preventivos existentes y la poca efectividad del antiguo Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano.

Sin embargo, su implementación no ha dejado de presentar dificultades. La primera de ellas es entender de manera equivocada que el propósito del artículo 31 de la Ley 2195 ha sido la implementación de un SARLAFT. Al respecto, debemos indicar que cada sistema de prevención responde a la naturaleza del sector al que se dirige.

En ese sentido, el SARLAFT está diseñado para el sector financiero y el SAGRILAFT para el sector real, ambos del sector privado. De allí que con acierto, aunque de alguna manera tardía, la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República creó el Sistema Integrado de Gestión de Riesgos de Integridad Pública (en adelante SIGRIP) como un sistema propio para responder a los contextos internos y externos de las entidades públicas con un alcance más amplio que no se limita a los riesgos relacionados con el LA y la FT, sino que extiende su catálogo de manera integral a todos los riesgos que afectan la integridad pública, incluidos los relacionados con el soborno, fraude, conflicto de intereses, corrupción, fiscales, entre otros.

En cuanto a la forma de implementación del artículo 31 de Ley 2195 de 2022, esta se concreta a través de dos herramientas: el Programa de Transparencia y Ética Pública (en adelante PTEP) conforme al Decreto 1122 de 2024 y su Anexo Técnico y el SIGRIP de acuerdo con la Guía para la Gestión Integral de Riesgos en Entidades Pública en su versión 7 de septiembre de 2025 (en adelante Guía V. 7).

Surge entonces una pregunta frecuente en los escenarios de implementación: ¿El PTEP tiene una naturaleza de compliance público? Aunque el PTEP incorpora elementos propios de los programas de cumplimiento normativo, la discusión de su compatibilidad con el sector público continúa abierta, incluso en la doctrinal internacional y probablemente el origen del debate nacional surge de la falta de técnica legislativa utilizada al menos en la redacción del artículo 31 de la Ley 2195.

Sin embargo, más allá del rótulo que se le dé, lo relevante es que las obligaciones de prevenir y mitigar los riesgos que afectan la integridad pública no se alteran, toda vez que lo cierto es que las entidades deben implementarlas de manera efectiva, con independencia de cómo se califique su naturaleza.

Por ahora, la mayor incertidumbre de las entidades es el plazo para el cumplimiento de estas obligaciones. Si bien el parágrafo 2 del artículo 31 de la Ley 2195 estableció los términos de uno y dos años según el orden nacional o territorial, el parágrafo 3 puede entenderse de forma condicional la contabilización del término, al otorgar la función reglamentaria mediante la expedición de estándares técnicos a la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República. Estos estándares solo se materializaron con el Decreto 1122 de 2024 y la Guía V. 7 el 30 de agosto de 2024 y el 15 de septiembre de 2025, respectivamente.

Sin entrar en discusiones legales sobre la forma de computar los términos, en respuesta a un derecho de petición, la Secretaría de Transparencia precisó que las entidades nacionales debieron implementar el componente programático del PTEP el 30 de agosto de 2025 y el SIGRIP el próximo 15 de septiembre de 2026, mientras que las entidades territoriales deberán hacerlo el 30 de agosto de 2026 y el 15 de septiembre de 2027, respectivamente.

En una segunda parte abordaremos la forma en la que debe implementar el PTEP y, en una tercera, las condiciones que debe contener el SIGRIP.