Departamento de Derecho Penal y Criminología

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Actualidad
27 de agosto de 2025

La libertad, ese odioso mito

¿Qué tan real es la libertad cuando se convierte en arma para reclamar la propia y negar la ajena?

Con el mismo ahínco con el que defiendo mi derecho a expresar mis opiniones, promuevo y defiendo el de los demás a exponer sus ideas y criterios, como manifestación de la libertad que desde el siglo XVIII promovemos quienes creemos en el ser humano como una entidad digna, libre y ética. Este derecho, plasmado en el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, implica que todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión, a investigar y recibir informaciones y opiniones y a difundirlas, sin temor a ser molestado por ello. Esta norma es consecuente con uno de los considerandos de dicho instrumento internacional, según el cual es necesario proteger la libertad con el fin de evitar “actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad”[1].

Lamentablemente, en especial en países latinoamericanos, algunos personajes -prevalidos de su figuración en medios de comunicación, escenarios políticos y otros espacios de notoriedad social- han convertido el principio de libertad, propio de los estados democráticos, en un mito, en una narración fantástica que tiene vigencia solo cuando a ellos corresponde, pero inadmisible cuando otros opinan sobre los asuntos públicos. La libertad se ha convertido, así, en un odioso mito esgrimido como arma en el debate político, para reclamar la propia y, paradójicamente, recortar la de los demás.

La libertad de expresar opiniones no es privilegio periodístico; es un derecho universal que debe tratarse y defenderse como tal, para que todos los individuos de la especie humana lo ejerzan soberanamente, sin el temor a ser satanizados por sus criterios ni sentir la espada de Damocles sobre sus cabezas por atreverse a decir cosas que no resulten agradables a los oídos ajenos.

Este blog es un medio de difusión del conocimiento jurídico en la era digital. Se rige por los principios universalmente admitidos de la autonomía universitaria y abre sus puertas a los profesores y alumnos de esa unidad académica, para que expresen sus opiniones sobre la institución, el Estado y la sociedad sin sufrir represalias, protegiendo la crítica fundamentada, el debate abierto y la participación en la vida pública.

Es necesario defender la libertad de la academia. Ello impica no solo reconocer su derecho a investigar y difundir conocimientos sin censura ni interferencias indebidas, sino también la posibilidad de utilizar los recursos que la era digital ofrece para propagar el conocimiento, incluyendo la libertad de elegir los enfoques científicos que corresponda, admitir la expresión de sus posiciones, los análisis críticos y el debate propio de la academia, sin cortapisas.

Difícil labor compete a la academia. El conocimiento se construye desde una óptica particular. Hace mucho tiempo se erradicó el dogmatismo de las tiranías y se abrió paso a diversos enfoques, incluidos los basados en una determinada comprensión del poder, distintas corrientes políticas, posturas epistemológicas y convicciones personales. Esta diversidad es más preciosa en las ciencias sociales, donde no es posible un conocimiento universalmente objetivo.

El Departamento de Derecho Penal de la Universidad Externado de Colombia, y la Universidad misma, son un claro ejemplo de esta libertad de análisis, crítica y opinión. Mis colegas no coinciden necesariamente con mis fundamentos de análisis de la realidad social, pero defenderé a muerte su derecho a criticar mis posiciones, mis enfoques y mis conclusiones cientificas, derecho que reclamo por igual a mi trabajo.

Los académicos tenemos la obligación, en un mundo cada vez más convulsionado, de contribuir al debate social, político y cultural. No podemos estar de espaldas a la realidad nacional, ni sordos a los temas de discusión que interesan a la sociedad y consolidan el camino hacia la libertad de todos. No se trata de reivindicar privilegios, sino de reclamar lo que en justicia corresponde a todo ciudadano: la libertad de expresar sus opiniones.


[1]   El segundo de los considerandos de la Declaración Universal de los Derechos Humanos dice: “Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias”.