Departamento de Derecho Penal y Criminología

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Actualidad
21 de mayo de 2025

Chester y el reconocimiento judicial de los animales como seres sintientes

La Sala de Casación Penal reconoció a los animales como víctimas del delito de maltrato, marcando un giro legal y ético.

En una decisión sin precedentes, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia profirió la sentencia SP1117-2025 (radicado 66705), en la cual por primera vez se pronuncia de fondo sobre un caso de maltrato animal, sentando una doctrina de enorme valor jurídico y simbólico para el país.

El protagonista de esta historia es Chester, un perro criollo que fue víctima de un acto de violencia que le causó graves lesiones y dio origen a una investigación penal al amparo del artículo 339A del Código Penal, que consagra el delito de maltrato animal. Aunque la pena impuesta al agresor no fue elevada pues para entonces aún no había entrado en vigor la Ley 2455 de 2025, conocida como Ley Ángel, la sentencia tiene un profundo valor simbólico y jurídico. En ella, la Corte reafirma de manera categórica el estatus de estos seres como sintientes, conforme al reconocimiento establecido en la Ley 1774 de 2016, y hace un llamado a que el derecho penal avance hacia una tutela más efectiva de su dignidad, integridad y bienestar.

Lo trascendental de esta sentencia no es solo la condena al agresor de Chester, sino el hecho de que, por primera vez, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia aborda un caso de violencia contra un animal no humano y lo considera como sujeto pasivo del delito. En coherencia con el reconocimiento de los animales como seres sintientes —y no como cosas—, la Corte reafirma que el Estado tiene el deber de protegerlos frente al sufrimiento y al dolor, especialmente cuando estos son causados por seres humanos. Esta obligación también recae sobre jueces y fiscales, quienes deben investigar y sancionar con diligencia las conductas que atenten gravemente contra la integridad de los animales, dejando claro que su padecimiento no puede ser tratado como algo irrelevante.

Este pronunciamiento se alinea con los postulados constitucionales de dignidad, solidaridad y protección ambiental, así como con los avances del Derecho penal contemporáneo hacia una concepción más amplia de tutela de los bienes jurídicos. Enfatiza, además, el deber del juez penal de considerar el contexto ético y simbólico de las conductas punibles, en especial aquellas que revelan un desprecio por la vida y el sufrimiento de otros seres. De este modo, se abre camino hacia un tratamiento jurisprudencial más empático, en el que el principio de dignidad deje de ser patrimonio exclusivo de la especie humana y se proyecte como fundamento de una auténtica justicia interespecie.

Aunque esta sentencia no podría solucionar todos los desafíos que enfrenta la protección penal de los animales —como las penas reducidas o las dificultades para probar los hechos—, sí marca un giro institucional relevante: deja atrás el silencio judicial para reconocer expresamente que el sufrimiento animal merece tutela jurídica. Este avance no solo tiene implicaciones inmediatas, sino que abre la puerta a debates pendientes, como la posibilidad de considerar la violencia contra animales —cuando busca generar dolor emocional a sus cuidadoras— como una forma de violencia vicaria. Esta modalidad, usualmente dirigida contra mujeres, daña a seres con los que mantienen vínculos afectivos, como hijos e, incluso, animales de compañía. En este sentido, es legítimo plantearse si, en casos donde el animal es parte del núcleo familiar —como Chester—, su agresión puede también encuadrarse dentro de la violencia intrafamiliar. Estas reflexiones desbordan lo jurídico, invitando a repensar la dignidad, la familia y la violencia en clave de relaciones interespecie.

Chester, en su sufrimiento, se convirtió en el símbolo de una transformación legal más profunda. Su caso nos recuerda que la justicia no debe ser ciega al dolor de los que no tienen voz, y que el Derecho penal puede y debe servir como instrumento de civilización, no solo entre humanos, sino también en nuestra relación con los demás habitantes del planeta.