Departamento de Derecho Penal y Criminología

Actualidad
27 de septiembre de 2023

La regulación de la eutanasia

Es importante que el Congreso expida una ley que consagre reglas claras tanto para quienes toman la decisión de no vivir más, como para quienes deben ayudarle a cumplir su voluntad

Por: Yesid Reyes Alvarado, director del Departamento de Derecho Penal y Criminología

A diferencia de lo que opina un sector de la doctrina, no creo que sea correcto distinguir entre bienes jurídicos naturales y sociales para afirmar, por ejemplo, que mientras la integridad personal pertenece a aquella primera categoría, la administración de justicia hace parte de la segunda. El origen y desarrollo del bien jurídico está estrechamente relacionado con la legitimación del derecho penal; surge como respuesta a la tesis de quienes entendían el delito como una simple infracción de la norma prescindiendo de todo análisis sobre la función que ella debía cumplir para poder ser considerada como legítima.

La vida en comunidad gira alrededor de la administración de ámbitos de libertad; así como los de naturaleza individual son inviolables por parte de terceros (incluido el Estado) para preservar el fuero interno de los ciudadanos, aquellos que posibilitan la existencia de la sociedad deben ser protegidos para evitar su disolución. Bajo esta perspectiva, todos los bienes jurídicos pueden ser calificados como sociales, en cuanto son producto y tienen sentido dentro de comunidades organizadas.

Por eso la vida, aun cuando tenga un origen natural, solo es relevante desde el punto de vista de lo que ella representa para el individuo como integrante de ese entorno común. Por consiguiente, y tal como ha venido siendo señalado de manera reiterada por la Corte Constitucional, lo que se debe amparar no es la simple preservación de las funciones vitales, sino la posibilidad de que cada individuo pueda disfrutar de una vida digna. Esta precisión es importante porque nos permite abordar el debate sobre el tratamiento legal de la eutanasia prescindiendo de argumentos ajenos a lo jurídico como el de que la existencia nos fue concedida por la naturaleza o por un ser superior. No niego la importancia religiosa que ese dato pueda tener, pero desde una perspectiva legal lo que se debe proteger es el derecho que cada individuo tiene a decidir sobre su integridad personal como miembro de la comunidad social a la que pertenece en la medida en que ello no afecte otros ámbitos de libertad, bien sean individuales y colectivos.

Eso es lo que está detrás de toda la controversia sobre la eutanasia, que ahora avanza en el Congreso como un intento más -después de varios fallidos- de regular este tema siguiendo las directrices trazadas por la Corte Constitucional hace ya casi treinta años. Si bien el primer punto de la discusión tiene que ver con si existe el derecho a prescindir de la propia vida, el debate se extiende mucho más allá porque la forma en que se regule puede llegar a afectar ámbitos de libertad ajenos. Por ejemplo, cuando esta primera pregunta se responde de manera positiva, queda por resolver si esa decisión solo la pueden tomar los mayores de edad que estén conscientes cuando brindan su consentimiento, o si puede ser adoptada por terceros cuando aquellos estén en incapacidad de hacerlo y, en caso afirmativo, en qué condiciones y bajo qué parámetros.

Si se reconoce el derecho que cada individuo tiene a que se le practique la eutanasia, también queda por solucionar el problema de quién y cómo debe practicar ese procedimiento, porque así como se debe acatar el deseo de aquel que no quiere continuar con su vida, también se debe respetar la opinión de quien aprecia esa conducta como contraria a sus propias convicciones. Esta cuestión da paso a otra no menos compleja, como la de decidir si esa objeción de conciencia es predicable solo del médico que practica directamente la eutanasia, o es extensible a todo el personal sanitario (¿incluso administrativo?) que toma parte en el procedimiento de ayuda al suicidio. Para solucionar estas y otras complejidades que el tema encierra, es importante que el Congreso expida una ley que consagre reglas claras tanto para quienes toman la decisión de no vivir más, como para quienes deben ayudarle a cumplir su voluntad.